Chile es el primer país latino en regular el uso de drones

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Aunque el texto es provisional, destaca que desde Chile se haya comenzado a valorar la importancia de los drones en la actualidad con esta normativa presentada.

La Dirección General Aeronáutica Civil (DGAC) de Chile presentó la primera normativa, en América Latina, para regular el uso civil de drones, de la mano de su director, Maximiliano Larraechea Loeser. Esta busca, como han explicado desde el organismo, regular el vuelo de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS).

drones internet El texto de la normativa, de carácter transitorio, recibe la denominación DAN-151 y, dicen desde el DGAC, “marca el lineamiento de modernización y avance que propicia la DGAC en el ámbito de la navegación y el Sistema Aeronáutico Nacional (SAN)”.

La institución explica que esta regulación llega tras reconocerse “el relevante papel que juegan los RPAS, más conocidos popularmente como drones, en operaciones de servicios, informaciones y auxilio en casos como fenómenos naturales y hechos que impactan a la sociedad, decidió contribuir a estos cambios, ordenando este tipo de operaciones”.

Dice un comunicado de prensa de la DGAC que la “DAN 151 está dirigida a entidades e instituciones que prestan servicio a la comunidad, entre ellas, los medios de comunicación nacionales que desarrollan un papel clave en mantener informada, veraz y completamente, a la opinión pública nacional”.

Por su parte, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), estima que no antes del año 2018 podría estar disponible una normativa internacional para este tipo de aparatos.

Entre otros asuntos, “toda persona o entidad que desee realizar operaciones con RPAS, con fines de servicio público, deberá obtener previamente una autorización de la DGAC”. Para ello, deberá registrar la aeronave, presentar una solicitud, una declaración jurada simple de responsabilidad solidaria, una declaración jurada simple de haber recibido instrucción y luego un formato de solicitud de vuelo.

La norma DAN 151, también contiene especificaciones respecto a los lugares en donde será posible volar, entre ellas operar a una distancia mayor a dos kilómetros de un Aeropuerto o Aeródromo. No se podrá volar estos drones a una altura mayor de 130 metros y en áreas en donde se combaten incendios.

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