Así es la Ley de Televisión Digital que podría aprobarse en Chile

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Sigue adelante la Ley de Televisión Digital de Chile, una normativa que regulará legalmente todo lo relacionado con esa industria y ya ha pasado por el visto bueno del Senado.

El Subsecretario de Telecomunicaciones, Jorge Atton, ha asegurado que la Ley de Televisión Digital es un proyecto que ha evolucionado desde que se presentó por primera vez hace cinco años.

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Por un lado, la nueva normativa vigilará para evitar la concentración de medios, lo que se expresa en el hecho de que no permite tener más de una concesión por grupo económico.

Atton también ha desvelado que los beneficios de la nueva televisión digital son importantes, y como prueba de ello ha indicado que Santiago de Chile tiene ahora 7 señales analógicas y con la tecnología digital podrá ofrecer 30 señales, pudiendo soportar cada señal dos o tres canales.

En lo referente al apagón analógico, el político ha comentado que llegará cinco años después de que esta ley haya sido promulgada de forma oficial.

Estos son los principales puntos tratados en la Ley de la Televisión digital Chilena, que podría recibir el visto bueno final del Congreso y ser promulgada en noviembre o diciembre:

Regula el correcto funcionamiento de la televisión introduciendo el concepto de pluralismo, modificando estructura del Consejo Nacional de Televisión, ampliando su composición y atribuciones.

– Establece que todas las concesiones de televisión digital con medios propios serán a plazo fijo de 20 años renovables. Y crea la concesión con medios de terceros a plazo fijo de cinco años renovable.

Obligación de los canales abiertos y cableoperadores de transmitir al menos cuatro horas de programación cultural a la semana y campañas de utilidad pública autorizadas por el CNTV de forma gratuita.

Regula la concentración del espectro radioeléctrico en televisión, disponiendo que un canal o grupo económico nacional o extranjero, sólo podrá acceder a una concesión por localidad, salvo en el caso de TVN que podrá tener una segunda concesión para transmitir exclusivamente señales regionales y actuar como transportador público de canales pequeños sin red propia.

La Ley consagra principio de gratuidad de las señales televisivas de libre recepción y obligación de los concesionarios de licitar públicamente las señales que no utilice a terceros sin medios propios.

Introduce el concepto de retransmisión consentida, que conlleva la obligación de los operadores de TV pago de contar con la autorización comercial de los canales de TV abierta para poder llevar sus señales en su parrilla programática. Este derecho de los canales de TV abierta solo será exigible en la medida que cumplan previamente con exigencias técnicas de cobertura digital y calidad de recepción.

– Establece un plazo de cinco años para que la actual televisión analógica migre a televisión digital el 100% de su cobertura actual.

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