Las asambleas de sociedades son un requisito establecido en la ley para la mayoría de los distintos tipos de sociedades reguladas en México. Recientemente, se aprobó la Reforma de diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles (pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federación) que tiene el objetivo de digitalizar las Asambleas de Socios o Accionistas, para que se puedan llevar a cabo total o parcialmente de forma virtual por cualquier medio electrónico.
Este es un gran paso para la digitalización en México ya que el celebrar reuniones presenciales de las juntas de administración de las compañías podía resultar difícil en el caso que los accionistas residieran en otro país.
En este contexto, TRATO, solución para procesos de creación y gestión de contratos digitales presenta Asambleas Electrónicas que facilita la comunicación y la participación simultánea de todos los miembros de forma virtual. Esta solución es la primera en el mercado mexicano que garantiza la Interacción ininterrumpida en las deliberaciones y toma de decisiones, incorporando la firma electrónica y otras tecnologías que han demostrado su eficacia y exigibilidad legal.
Ignacio Bermeo, CEO & Fundador de TRATO explica: “Estamos muy orgullosos de presentar esta solución, la primera de su tipo en México, que ayudará a la toma de decisiones más ágiles. La incorporación de la tecnología en las asambleas permitirá a todos los actores que participan en el proceso agilizar y tener mayor seguridad jurídica. Durante la pandemia por COVID-19 se presentó un impedimento para la reunión presencial de los accionistas, aspecto que no estaba contemplado en la ley. Con esta reforma se resolverá; además de incorporar los beneficios de las reuniones remotas, firma electrónica, entre otras tecnologías”.
Las principales implementaciones de tecnologías en el proceso de asambleas virtuales establecidos en la reforma son:
En países como España, Francia, Estados Unidos, Colombia, Costa Rica, Reino Unido, entre otros, se ha adoptado exitosamente la modalidad telemática para la celebración de Asambleas y juntas de los órganos societarios. La reforma no sólo tiene sustento en lo relativo al derecho comparado, sino en la legislación nacional, que permite el uso de documentos electrónicos, contratos y firma electrónica.
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